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Nuevas medidas por COVID-19

Ayuntamiento de Alcalá de Henares

¡NOVEDAD!

El Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, establece la limitación de la libertad de circulación entre las 0:00 horas y las 6:00 horas. 

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado la Orden 1404/2020, de 22 de octubre, en la que se determina que a partir de las 16:47 horas de hoy (24 de octubre), entran en vigor nuevas restricciones de horarios y aforos en el municipio de Alcalá de Henares. 

Esta Orden determina una serie de restricciones que se aplican a Alcalá de Henares debido a la situación epidemiológica del conjunto de la Comunidad de Madrid. 

ORDEN 1404/2020, DE 22 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Han entrado en vigor nuevas medidas y restricciones que afectan al municipio de Alcalá de Henares.

  • REUNIONES

    Las reuniones se mantienen con una limitación de 6 personas como máximo, y quedan prohibidas entre las 0:00 y las 6:00 horas, en base al Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece la limitación de la libertad de circulación en horario nocturno. Quedan exentas por motivos de asistencia, cuidado a mayores, enfermos, dependientes o personas con discapacidad, por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o por cuestiones laborales.

  • HOSTELERÍA

    El aforo en establecimiento de hostelería se reduce al 50% en mesa en interior, con la suspensión del servicio en barra, y al 75% en terraza. El horario de cierre será a las 0:00 horas, no pudiendo admitir clientes a partir de las 23:00 horas.

  • COMERCIO

    El aforo en comercio se mantiene al 75%, con un horario de cierre a las 22:00 horas, a excepción de los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio que podrán cerrar a las 0:00 horas.

  • CINES, TEATROS, AUDITORIOS…

    El aforo se mantiene al 75%, a excepción de las salas polivalentes que tendrán un aforo restringido del 40%, con un horario de cierre a las 0:00 horas.

  • INSTALACIONES DEPORTIVAS

    El aforo en instalaciones deportivas de interior será del 50%, con horario de cierre a las 0:00 horas y la posibilidad de trabajar en grupos de hasta 6 personas siempre que se mantenga la distancia de seguridad.

  • PARQUES Y JARDINES

    Los parques y jardines cerrarán en horario nocturno, de 0:00 a 6:00 horas.

  • INSTALACIONES FUNERARIAS Y LUGARES DE CULTO

    Las instalaciones funerarias y lugares de culto reducen su aforo al 50%. En velatorios habrá un máximo de 15 personas cuando se realicen al aire libre y 10 personas en espacios cerrados.

    #JuntosVenceremos

  • ¿TIENES MÁS DUDAS? Puedes consultar a continuación la sección “Preguntas frecuentes” para más información…

1. En los próximos días es mi cumpleaños y quiero celebrarlo en casa. ¿Puedo hacerlo?

. La participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, puede hacerse, aunque se reduce el número máximo de participantes a 6 personas, salvo que se trate de convivientes, y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas. La celebración deberá finalizar antes de las 0:00 horas (salvo que sean personas convivientes), dado que no se pueden llevar a cabo reuniones entre las 0:00 y las 6:00 horas según la Orden 1404/2020, de 22 de octubre, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. 

2. Vivo en Alcalá de Henares y trabajo en Alcalá de Henares. ¿Puedo ir a mi trabajo como hasta ahora?

, guardando las medidas sanitarias y de seguridad como hasta hoy.

3. Vivo en Alcalá de Henares pero trabajo fuera de Alcalá de Henares en una ciudad con confinamiento perimetral. ¿Puedo ir a mi trabajo como hasta ahora?

, está permitida la movilidad por obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales.

4. Resido en Alcalá de Henares, pero mi madre/padre, dependiente, vive en otro municipio con confinamiento perimetral y necesita mi ayuda. ¿Está permitido el desplazamiento?

, se permiten desplazamientos para la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

5. Resido en Alcalá de Henares, pero tengo una cita judicial en otro municipio con confinamiento perimetral. ¿Puedo asistir?

, está permitido desplazarse para actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales, así como renovaciones de permisos y documentación oficial y otros trámites administrativos inaplazables.

6. Soy estudiante y tengo una prueba en un municipio con confinamiento perimetral. ¿Puedo hacerla?

, está permitido desplazarse para la realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

7. Vivo en Alcalá de Henares y tengo una cita médica fuera de mi ciudad, en un municipio con confinamiento perimetral. ¿Puedo asistir?

, ya que está permitida la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

8. Tengo un Restaurante en Alcalá de Henares. ¿A qué hora debo cerrar el negocio?

Los bares y restaurantes deberán cerrar a las 0:00 horas (a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio), no pudiendo admitir clientes a partir de las 23:00 horas, con un aforo máximo del 50% en espacios interiores (sin servicio en barra) y del 75% en terraza. Además, las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas. Y la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas. 

9. ¿Se cierran los lugares de culto y los velatorios?

No, tan solo se limitan los aforos. Los espacios para lugares de culto tendrán un aforo del 50% de su capacidad, garantizando en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros; mientras que el aforo máximo para los velatorios será de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringirá a un máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados. 

10. Tengo una autoescuela. ¿Estas medidas me afectan?

Las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación deberán limitar sus aforos a un máximo del 75%.

11. Suelo ir a un gimnasio. ¿Puedo seguir yendo?

, aunque las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, deberán controlar el aforo, con un máximo de un 50% en espacios interiores y en exteriores siempre que se pueda mantener la distancia de seguridad.  

En las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y las competiciones internacionales, que estén bajo la tutela organizativa de las Federaciones deportivas españolas que se desarrollen en los municipios, será de aplicación el Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional en la temporada 2020/2021, elaborado por el Consejo Superior de Deportes. 

12. ¿Puedo ir a clase (Educación Obligatoria, Universidad, FP…) en otro municipio con confinamiento perimetral?

, está permitido.

13. ¿Puedo ir a comprar a un establecimiento fuera de Alcalá de Henares?

, está permitido. Podrás realizar tus compras en cualquier establecimiento salvo en los ubicados en municipios sometidos a un confinamiento perimetral.  

14. ¿Puedo ir a visitar a mis familiares o amigos fuera de Alcalá de Henares?

, está permitido salvo si se trata de los municipios sometidos a un confinamiento perimetral, con las excepciones contempladas por cuidado de personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. 

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