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Ordenanza Movilidad Alcalá de Henares
  • En el día de hoy, se ha recibido en el Ayuntamiento de Alcalá de Henares la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Alcalá de Henares, en la cual se condena a un exconcejal, Francisco Javier Fernández Abad, y al actual concejal del Partido Popular, Tomás Marcelo Isoldi Barbeito, por el delito de prevaricación ambiental, recogido en el artículo 329.1. del Código Penal. 
  • En la sentencia se afirma que los condenados permitieron durante años que la estación de autobuses de la calle Brihuega siguiera funcionando durante 24 horas al día sin licencia de actividad y funcionamiento, así como que eran perfectos conocedores de las continuas denuncias y quejas de los vecinos desde 2005, y que hicieron caso omiso de las mismas, permitiendo que la estación funcionara sin interrupción sin respetar los límites de emisión de ruidos.  
  • La sentencia condena a ambos a la pena de un año y nueve meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 15 meses con una cuota diaria de 15 euros, inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 8 años y pago por mitad de las costas procesales. 
  • Los vecinos padecieron contaminación y los ruidos todos los días de la semana con hasta 152 autobuses en turno de mañana, 49 en turno de tarde y 30 en período nocturno. 
  • Además de la pena, ambos condenados deberán indemnizar a varios vecinos por los desperfectos ocasionados, así como por el valor inferior en la venta de su vivienda motivado por los ruidos.  
  • El Ayuntamiento de Alcalá de Henares ha tenido conocimiento de la sentencia debido a que la misma ha declarado que el propio Ayuntamiento tiene que responder de forma subsidiaria ante las cuestiones económicas derivadas de la sentencia. 
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